A- de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Simonid Jose Almanza Agudelo·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Clasificación de personas en tres grupos de prioridad según Auto 110/13
- Cumplimiento prioritario e inmediato de trámites de reconocimiento y pago de pensión de vejez, invalidez y sobrevivientes que involucren sujetos de especial protección constitucional
- Presencia de obstáculos materiales y administrativos que impiden cumplimiento de términos para resolver peticiones pensionales y acatar órdenes dictadas por jueces
- Cumplimiento de órdenes dictadas por jueces
- Orden a Colpensiones para que reactive pago de mesada pensional en cumplimiento de sentencia T-637/11
- Ordenar al ISS la remisión de expediente a Colpensiones para cumplimiento de sentencia T-637/11
- Cumplimiento de fallos de tutela relacionados con la administración de prima media según artículo 3 del Decreto 2013/12
- Orden a Colpensiones para que reactive pago de mesada pensional hasta que culmine trámite de acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra el ISS
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Cumplimiento de sentencia.
Con el presente auto la Sala de Revisión declara que las órdenes contenidas en los numerales 1 y 2 de la parte resolutiva de la sentencia T-637/11están siendo incumplidas.
En consecuencia, ordena al liquidador del ISS adelantar las gestiones necesarias a fin de que el expediente administrativo del accionante sea remitido a Colpensiones, quien debe, una vez lo reciba, reactivar el pago de la mesada pensional reconocida al actor.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Declarar que las ordenes contenidas en los numerales 1 y 2 de la parte resolutiva de la sentencia T-637 de 2011, están siendo incumplidas.
- SEGUNDO. En consecuencia, ordenar a liquidador del ISS que dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia, si no lo ha hecho, adelante las gestiones necesarias a fin de que el expediente administrativo del señor José Simonid Almanza Agudelo sea remitido a Colpensiones.
- TERCERO. Ordenar a Colpensiones que al día siguiente de la fecha de recibido del expediente administrativo por parte del ISS en liquidación, reactive el pago de la pensión reconocida al señor Simonid José Almanza Agudelo en los términos expuestos en esta providencia.
- Comuníquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.